Es de carácter obligatorio. Se realiza de acuerdo a la Resol. 37/10 SRT para las Empresas y a la Disp. 1063/99 DGEGP para Establecimientos Educativos.
Tiene como propósito determinar la aptitud del postulante conforme a sus condiciones psicofísicas para el desempeño de las actividades a que fuera designado. No se puede usar como discriminatorio para el Trabajo.
Además determina las patologías preexistentes con que ingresa el trabajador.
Incluye:
Declaración jurada del postulante de patologías padecidas
Entrevista Psicológica
Examen Médico completo : Abarca aparatos y sistemas
Examen Buco-dental
Examen de la agudeza visual (cercana, lejana y cromática)
Radiografía de Tórax
Electrocardiograma
Análisis clínicos: hemograma – glucemia – uremia – eritrosedimentación y orina completa
Dictamen Médico por especialista en Medicina del Trabajo
Nota: De acuerdo al tipo de tareas y/o pre existencias del postulante, como así también a trabajos donde estén presentes a agentes de riesgo determinados por el Decreto nº 658/96, se solicitarán los estudios complementarios previa autorización del Empleador.
Se realiza para evitar demandas posteriores frente a un despido o renuncia del trabajador, así lo determina la Resol. 37/10 SRT. Su objetivo es comprobar el estado de salud frente a los elementos de riesgo a los que hubiese sido expuesto el trabajador al momento de la desvinculación y detectar secuelas incapacitarte.
Incluye:
Examen Médico completo: abarca aparatos y sistemas
Examen Buco-dental
Examen de la agudeza visual(cercana, lejana y cromática)
Electrocardiograma
Análisis Clínicos : hemograma – glucemia – uremia – eritrosedimentación y orina completa
Estudios acorde a patologías adquiridas en el trabajo
Dictamen por Médico especialista en Medicina del Trabajo
Es de carácter obligatorio exigido por la Resol. 37/10 SRT y la Disp. 1063/99 DGEGP. Tiene como objetivo la determinación precoz de afecciones producidas por aquellos agentes de riesgo a los cuales el trabajador está expuesto con motivo de sus tareas o de afecciones inculpables.
Hay dos exámenes periódicos diferentes que el Empleador debe cumplir:
Uno para la prevención de enfermedades profesionales debido a los agentes de riesgo que está expuesto el trabajador y que debe ser realizado por la Aseguradora de Riesgo del Trabajo
Otro que está a cargo del Empleador que se realiza para prevenir enfermedades inculpables con el fin de preservar la salud de los trabajadores obteniendo un mejor rendimiento laboral.
Se puede realizar tanto en el Servicio Médico como en cada Empresa o Colegio a través de nuestras Unidades Móviles equipadas para tal fin, en Capital Federal y Gran Buenos Aires.
Examen solicitado por Resol 37/10 SRT para comprobar el estado de salud del trabajador después de haber presentado una prolongada licencia por enfermedad, ya sea profesional, inculpable , o por accidente de trabajo.
Consta del examen médico básico y de estudios complementarios correspondientes a la patología que padeció el trabajador con el fin de dictaminar si se encuentra en condiciones de retomar sus tareas habituales o determinar que tareas debe cumplir a partir del alta laboral.
Es de carácter obligatorio por las leyes vigentes. Se realiza cuando un trabajador pasa a cumplir otro tipo tareas y en otra sección con diferentes agentes de riesgo que para el que fue apto según el examen pre ocupacional realizado a su ingreso.
Consta de las mismas prácticas médicas que un examen pre ocupacional básico más los estudios complementarios correspondientes para los agentes de riesgo a que estará expuesto en su nueva actividad
Son realizados por Licenciados en Psicología especializados en Psicología Laboral con evaluación individual o grupal.
Su objetivo es evaluar el perfil psíquico para el puesto postulado, proporcionando datos como personalidad, liderazgo, responsabilidad, adaptabilidad, nivel intelectual, actitud, entre otros.
Se efectúan a través de entrevistas semi-dirigidas con tomas de distintos test psicológicos según el cargo a ocupar con el fin de realizar un diagnóstico completo de la aptitud psíquica.
Se realizan los estudios y prácticas que marca la ley 2183/06 y el Decreto 1068/08 para obtener por primera vez o renovar anualmente la Libreta Sanitaria. Se realizan a trabajadores determinados según el ramo , con el fin de detectar alguna enfermedad de transmisión sexual – infecciosa o alimentaria evitando su propagación gracias a un diagnostico precoz.
Una vez realizados los estudios correspondientes deberá ser presentado ante el Hospital correspondiente a su lugar de trabajo.
Consta de los siguientes estudios:
Exámen médico clínico
Análisis clínicos: hemograma - eritrosedimentación - reacción VDRL cualitativa
Radriografía de tórax
Reacción Mantoux(optativo)
Anticuerpos de Hepatits A
Inmunización obligatoria
Certificado de aptitud física
¿Quiénes deben obtener y actualizar anualmente la libreta sanitaria?
Docentes de Nivel Inicial: Hasta sala de 2 años inclusive
Personal de Geriátricos - Guarderías - Gimnasios
Personal de la Industria Alimenticia: transportistas, vendedores ambulantes, delivery, camareras, mozos, cocineros, ayudantes de cocina
Personal de Hoteles
Personal de Natatorios
Personal de Peluquerías
Personal de Servicio Doméstico
Personal de Sanidad (enfermeros - auxiliares - técnicos)
Personal de maestranza
Actividad que se presta tanto en Consultorio Central como en nuestros diferentes anexos y delegaciones en Capital Federal, Gran Buenos Aires y todo el País. Se realiza a través de médicos especialistas en medicina del trabajo, en donde se atiende aquél trabajador que por algún padecimiento no concurrió a sus tareas habituales pero puede deambular.
También se realiza el control de ausentismo a aquellos trabajadores con licencias prolongadas ya sea por enfermedad Inculpable, accidentede trabajo o por enfermedad profesional, según la Ley de Contrato de trabajo 20744.
A todo personal del Establecimiento se le confecciona el legajo médico personal según lo marca la Ley 19587 único documento de carácter legal.
Con respecto al control de ausentismo de los Establecimientos Educativos se realizan cumpliendo lo que determina la Disp. 1063/99 DGEGPy el Estatuto de El Docente, registrando el articulo correspondiente a la licencia otorgada.
Se realiza a todo trabajador que en horario laboral presente alguna sintomatología que requiera atención médica de urgencia tanto en Consultorio Central como en los diferentes anexos en Capital Federal y Gran Bs. As.
Este servicio está integrado por médicos clínicos y especialistas realizando la atención medica primaria tanto para la enfermedad inculpable como para el trabajador que sufre un accidente de trabajo para después derivarlo a su correspondiente ART.
Área a cargo de médicos que dependen directamente de Nuestro Servicio, quienes en cada visita realizan la asistencia médica primaria para evaluar, de acuerdo a su propio criterio la correspondiente justificación.
Los controles a Domicilio se realizan durante el día de solicitud de los mismos, informando el resultado durante el día o a primera hora del día siguiente, por el medio de comunicación que el Establecimiento indique. Esta prestación se brinda en Capital Federal, Gran BS AS, y todo el País los 365 días del año.
A través del Departamento Escolar, DR. CASELLA MEDICINA LABORAL realiza todos los estudios y prácticas que determina la Disp. 1063/99 DGEGP, como así también la Resol. 37/10 SRT, a través de médicos especialistas en medicina del trabajo, dedicados exclusivamente a la atención médica de los trabajadores docentes, cumpliendo lo que marca el Estatuto del Docente.
Se realizan los Exámenes Pre Ocupacionales específicos a todo trabajador para otorgarle el apto psicofísico para ejercer la actividad docente a la que fuera postulado.
Además tanto en Nuestros consultorios como en los distintos anexos, realizamos el Control de Ausentismo de corto y largo tratamiento, Control de Tareas Pasivas, Licencia por Maternidad, Control de Ausentismo por familiar enfermo, cumpliendo así los Artículos 70ª, 70B, 7D, 70Ch, 70Ch Especial y 70 E correspondientes.
A través de nuestro Departamento Pediátrico ofrecemos el Servicio de Sanidad Escolar, atendiendo al alumno que inasiste a clase por más de 3 (tres) días consecutivos para evaluar su retorno al mismo. Realizamos el Examen Oftalmológico a los alumnos de 1º grado - ofrecemos el Apto Físico para Ejercicios - Evaluación Médica para exceptuarlo del Ejercicio Físico- Control Epidemiológico Covid-19 – Control Sanitario.
Servicio que ofrecemos cuando la Empresa supera los 150 trabajadores según Ley 19587. Su función es atender a los trabajadores en su lugar de trabajo, realizando la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, recorriendo las distintas secciones del establecimiento observando a cada trabajador en sus funciones.
Se realiza la Atención Médica de Urgencia, Exámenes Pre Ocupacionales, Exámenes por Cambio de Tareas, Exámenes por Ausencia Prolongada y los Exámenes Periódicos semestrales o anuales según la actividad del trabajador, según Resol. 37/10 SRT.
Este servicio lo componen médicos especialistas en medicina del trabajo, habilitados y matriculados, como así también paramédicos, técnicos y auxiliares.
DR. CASELLA MEDICINA LABORAL instala los consultorios médicos necesarios con todo el equipamiento que requiere la actividad profesional y provee los materiales descartables y medicamentos para uso diario.
Según la Resolución 905/15 DR. CASELLA MEDICINA LABORAL a través del área de Capacitación le ofrece distintos cursos, entregando a cada trabajador los certificados correspondientes. Ofrecemos los siguientes cursos: Primeros Auxilios, RCP (Reanimación Cardiopulmonar), Manipulación de Alimentos, Drogas de Abuso, Efecto del Tabaco sobre la Salud, HIV / SIDA y Otras Enfermedades de Transmisión Sexual, Prevención Cardiovascular. Los mismos se dictan tanto en Nuestras sedes como en los Establecimientos Asociados.
Departamento a cargo de Profesionales con amplia experiencia preparados para responder diferentes consultas referente tanto a la Ley de Contrato de Trabajo, Homologación, Estatuto del Docente, Medicina Laboral, Seguridad e Higiene, Sanidad Escolar, Epidemiológico y Control Sanitario.
DR. CASELLA MEDICINA LABORAL representa a su Establecimiento ante Juntas Médicas Laborales, Ministerio de Trabajo, Seguridad de Riesgo de Trabajo y ante todo Organismo oficial o privado. Además se realizan Juntas Médicas para otorgamiento de Jubilación por Invalidez o para acogerse a la Ley 3333, o por Accidente de Trabajo no aceptado por la ART, como así también por cambios de tareas recalificando al trabajador y/o marcar el porcentaje de discapacidad.
Mediante esta prestación se audita todas las medidas de seguridad e higiene, los certificados que presenta el trabajador, como el tratamiento y las altas laborales extendidas por la Aseguradora de Riesgo del Trabajo. De esta manera, resguardamos al Establecimiento de futuras demandas, ya sean por sub prestaciones, incapacidades y/o mala praxis.
Cuando el trabajador no está de acuerdo con el alta otorgada por la ART o sea está en disconformidad con la misma, se realizan los estudios y las consultas especializadas para presentarlas ante las Comisiones Médicas que dependen de la Superintendencia de Riesgo del Trabajo, quien dictaminará el re-ingreso del trabajador a la ART o marcará un mejor porcentaje de incapacidad otorgada por la misma, o como así también lo derivará a su correspondiente Obra Social.
Cobertura que brindamos a cada Establecimiento abonado a Nuestro Servicio, para resolver cualquier situación donde la vida o integridad física de las personas se encuentren en riesgo. Se atiende a toda persona que se encuentre adentro del Establecimiento, ya fuera por una actividad habitual, como para todo visitante ocasional.
Ante una emergencia médica, en pocos minutos llega al lugar una Unidad Móvil de Mediana o Alta Complejidad con personal médico capacitado y entrenado para resolver la situación en el lugar o realizar el traslado a donde corresponda.
DR. CASELLA MEDICINA LABORAL cuenta con la División Infantil especializada en Urgencias y Emergencias Pediátricas, asistiendo a todos los alumnos, tanto en el Colegio como en Excursiones, Campamentos y Eventos Deportivos. Este Servicio se brinda las 24 hs los 365 día del año.
Este trámite se realiza tanto en Capital Federal como en Gran Bs.As ante la Superintendencia de Riesgo del Trabajo del lugar correspondiente.
Se solicita ante pre-existencias detectadas en el Examen Pre Ocupacional, con el objetivo que las mismas no se agraven con las tareas a realizar o culpar al Empleador como aparecida en su nuevo trabajo.
Ante la Superintendencia de Riesgo del Trabajo, también se realizan visados y fiscalizaciones de los Exámenes Periódicos como así también de los Exámenes Post Ocupacionales.
Área integrada por Médicos Psiquiatras- Laborales- Legistas- Lic. En Psicología y Sociología responsables de realizar Juntas Médicas Internas en aquellos trabajadores que presentan prolongadas licencias médicas por psiquiatría o en aquellos que se detectan alteraciones de su conducta en el lugar del trabajo, invitando al Médico tratante del trabajador con el fin de dictaminar la conducta a seguir.
De igual manera atienden a los alumnos con alteraciones en su conducta abriendo Carpeta Médica Psiquiátrica en conformidad con su madre-padre o mayor a cargo.
Sede Central:
Av. Juan B. Justo 3136 - CABA
Tel.: 11-4854-4434 /4144/8992
Email: casellamedicinalaboral@gmail.com
Sede Sarmiento:
Sarmiento 4075 2do. F - CABA
Tel.: 11-4857-2671